Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 313

   Las retribuciones del personal presupuestado del Instituto Nacional de
Viviendas Económicas se aumentarán a partir del 1.o de julio de 1962, en
$ 150.00 (ciento cincuenta pesos) sobre el sueldo fijado en las planillas
correspondientes.

   Igual tratamiento tendrán los funcionarios cuyos servicios se paguen
por otros rubros del Grupo I "Retribución de Servicios Personales".
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