Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 272

   A partir del 1o. de julio de 1962, los funcionarios administrativos,
especializados y de servicio dependientes del Ministerio de Salud
Pública, percibirán una compensación de $ 150.00 (ciento cincuenta pesos)
mensuales.

   Dicha compensación será imputada al Rubro 1.07 "Compensaciones sujetas
a Montepío" de las respectivas planillas presupuestales, en las que se
habilitará el crédito correspondiente.
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