MINISTERIO DE HACIENDA
Sustitúyese el artículo 67 de la ley N.o 12.803, de 30 de noviembre de 1960, por el siguiente: "ARTICULO 67. Las diez primeras vacantes de cargos de Arquitectos de la Categoría II, Grado 3, que se produzcan en el Item 8.02 -Dirección de Arquitectura- se transformarán en cargos de Ingenieros con la misma categoría y grado".Ayuda