MINISTERIO DE HACIENDA
Créanse dos cargos de Fiscales Departamentales con destino a los Juzgados creados por el artículo 107 de la ley No. 12.803, de 30 de noviembre de 1960, con una retribución anual, de $ 34.800.00 (treinta y cuatro mil ochocientos pesos) cada uno.Ayuda