Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 229

   Créanse dos cargos de Fiscales Departamentales con destino a los
Juzgados creados por el artículo 107 de la ley No. 12.803, de 30 de
noviembre de 1960, con una retribución anual, de $ 34.800.00 (treinta y
cuatro mil ochocientos pesos) cada uno.
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