Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 223

   Auméntase, a partir del 1.o de julio de 1962, en un cuarenta por 
ciento (40 %) las asignaciones de los Fiscales y los Adjuntos de 
Hacienda, de lo Civil, del Crimen, de Gobierno, las de los Fiscales Letrados Departamentales y la del Fiscal Adjunto de Corte.
   El aumento porcentual se determinará sobre el sueldo fijado en la
planilla.
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