MINISTERIO DE HACIENDA
Auméntase a partir del 1.o de julio de 1962, a $ 150.00 mensuales la compensación de $ 100.00 mensuales establecida en el rubro 1.08.06 del Item 3.22.03, para cada uno de los Miembros Militares ante la Suprema Corte de Justicia.Ayuda