Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 130

   Suprímense las denominaciones de "Músico Principal", "Solista",
"Primeras Partes", "Segundas Partes", "Terceras Partes" y "Copista" del
personal militar de la Banda Militar de la Escuela Militar.
Ayuda