Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 129

   Incorpórase al rubro 8.03 del Item 25.03 "Créditos Complementarios del
Presupuesto" una partida de $ 600.000.00 anuales destinada a "Gastos de
Represión del Contrabando", a disposición de la Inspección General del
Ejército, incluyendo transporte de víveres, forrajes, mantenimiento,
recuperación y reposición de material de transporte y trasmisiones.
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