Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 122

   A partir del 1.o de julio de 1962, los cargos de los Escalafones
Técnico Profesional (Clases A y B), Especializado, Administrativo y
Secundario y de Servicio, del ltem 3.19, Sanidad Militar, serán equiparados a los cargos similares del Ministerio de Salud Pública.
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