Fecha de Publicación: 22/12/1961
Página: 605-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 115

   Auméntanse los Rubros del Item 2.02, en las siguientes cantidades:

   Rubro 1.07. - Compensaciones sujetas a montepío $ 158.184.00.
   Rubro 1.08. - Compensaciones y complementos varios. (1) $ 32.500.00.
   Rubro 3.09. - Vestuario y Artículos Afines $ 25.000.00.
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(1) Compensación extraordinaria para el personal, que percibirá hasta el
    20 % de su sueldo líquido por días o por horas, cuando realice
    trabajos extraordinarios.
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