(Estudio económico-financiero y estimación preventiva). Vencidos
los seis años de vigencia de esta ley, el Directorio deberá realizar un
estudio de la situación financiera y económica de la Caja, como asimismo
formulará en esos dos aspectos una estimación preventiva del desarrollo
de la misma para los seis años subsiguientes.
Dicho estudio será elevado al Poder Ejecutivo, - con conocimiento de
la Comisión Asesora - dentro del plazo de 180 días a contar de aquel
vencimiento.