Fecha de Publicación: 05/01/1961
Página: 38-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Fe de erratas publicada/s: 12/01/1961.

Artículo 34

   El presupuesto de Chamsec será elevado antes del 31 de diciembre de cada año al Tribunal de Cuentas de la República. Si este Tribunal formulara observaciones, y éstas no fueran aceptadas por la Comisión, se elevarán los antecedentes al Poder Ejecutivo y, éste resolverá en definitiva.
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