MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Derogación de impuestos afectados a A.F.E.). Deróganse a partir del 1° de enero de 1961 todas las afectaciones de impuestos nacionales con destino a la Administración de los Ferrocarriles del Estado. Los producidos de los mismos se verterán íntegramente a Rentas Generales.Ayuda