Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 379

   (Pago previo). Derógase el artículo 35 de la ley número 12.276, de 10 de febrero de 1956, y demás disposiciones legales que establecen el pago 
previo al ejercicio de acciones y recursos en materia tributaria.


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