MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Destino de estos impuestos). El producido de los impuestos establecidos en los artículos 358 y 359 se destinará íntegramente al "Fondo de Pensiones a la Vejez" de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores Rurales y Domésticos y de Pensiones a la Vejez.Ayuda