Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 345

   Fíjase en un peso con cincuenta centésimos ($ 1.50) el valor de la 
Planilla de Contralor con dos copias; en ocho pesos ($ 8.00) el valor de 
cada Libreta de Horarios Discontinuos; en cincuenta centésimos ($ 0.50)
el valor de cada Carnet de Trabajo y en cincuenta centésimos ($ 0.50) el 
valor de cada Carnet de Trabajo en la vía pública.
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