Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 331

   (Derogaciones). Deróganse los artículos 3° inciso G) de la ley N° 
11.617, de 20 de octubre de 1950; artículo 11 de la ley N° 12.464, de 5 
de diciembre de 1957, y los artículos 27 y 28 de la ley 12.761, de 23 
de agosto de 1960.
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