MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Deducciones en sobretasas). Cuando la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales haya establecido el valor real de los inmuebles, quedará sin efecto la limitación a que se refiere el artículo 163 de esta ley.Ayuda