Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 202

   (Acciones de sociedades anónimas). Las acciones de las sociedades 
anónimas y sus obligaciones o "debentures", pagarán el impuesto de
timbres a razón del 10 o/oo (diez por mil) sobre el valor nominal de las 
mismas.
Ayuda