Fecha de Publicación: 15/12/1960
Página: 549-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.

Artículo 28

   Quedan comprendidos en los beneficios establecidos en el artículo 111
de la ley N.o 12.376, de 31 de enero de 1957, los cargos de Jefe de Equipos Mecánicos de la Oficina de Recaudación del Impuesto a las 
Ganancias Elevadas.
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