Fecha de Publicación: 15/12/1960
Página: 549-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.

Artículo 134

   A partir del 1.o de enero de 1960, los Auxiliares 4tos. ingresarán con
el sueldo base de $ 400.00 mensuales, pasando a percibir el de la categoría y grado, después de transcurrido un año, contado desde su ingreso, siempre que su actuación haya merecido la calificación mínima de
"normal".
Ayuda