El ingreso a cargos administrativos y especializados de las Oficinas
de contralor del Ministerio de Hacienda, se realizará en todos los casos
mediante prueba de suficiencia ante los Tribunales integrados por un delegado del Ministerio de Hacienda, un delegado del Directorio del Estatuto del Funcionario y el Director de la Oficina respectiva.
Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente.
CAPITULO III
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios