Fecha de Publicación: 03/11/1958
Página: 239-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Ley 12.566 

Se modifica una disposición de la ley 12.488 (Plan de Obras Públicas) referente a amplición y remodelación del hospital de Salto, con 
contribución del Estado.

Poder Legislativo.

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                              DECRETAN:

Artículo 1

   Modifícase el numeral 136 del Capítulo II Arquitectura, Apartado 11.1
del artículo 35 de la ley N° 12.463, de 5 de diciembre de 1957, en la 
siguiente forma:

"136. Salto. Ampliación y remodelación del Hospital (Contribución del 
Estado), $ 650.000.00".

Artículo 2

Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de 
octubre de 1958.

JUAN RODRIGUEZ CORREA, Presidente.- Gumersindo Collazo Moratorio,
Secretario.

Ministerio de Obras Públicas. 
 Ministerio de Hacienda. 
  Ministerio de Salud Pública. 

                                      Montevideo, 23 de octubre de 1958.

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el 
Registro Nacional de Leyes y Decretos. 


Por el Consejo: FISCHER.- FLORENTINO GUIMARAENS.- AMILCAR VASCONCELLOS.-  VICENTE BASAGOITI.- Justo José Orozco, Secretario.



       



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