Fecha de Publicación: 02/02/1957
Página: 281-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 81

   Decláranse oficiales los liceos actualmente habilitados de Nuevo 
Berlín, Casupá, Ombúes de Lavalle, Santa Rosa, Sauce, José Pedro Varela, 
Chuy y Nocturno de Paysandú, siendo aplicable a los respectivos 
personales docentes y administrativos lo dispuesto por el artículo 207 de 
la ley N° 11.923, de 27 de marzo de 1953.
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