Fecha de Publicación: 02/02/1957
Página: 281-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO

Artículo 10

   Créase el rubro 1.08-02 "Quebrantos de Caja para el personal de 
Tesorería" en el ltem 22.01 con una dotación anual de $ 20.000.00 (veinte 
mil pesos).
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