Fecha de Publicación: 15/05/1954
Página: 155-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 56

   El Registro General de Arrendamientos y Anticresis, con cargo al
caudal que percibe en concepto de derechos, dispondrá y ejecutará de inmediato propaganda suficiente -por la prensa oral y escrita- a los  fines de la eficaz difusión de las obligaciones y sanciones que se instituyen por el Capítulo I de la presente ley.
   Asimismo dispondrá la impresión de formularios para la inscripción de los contratos comprendidos en la presente ley.
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