Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la
suma de $ 70.000.00 para imprimir y publicar las leyes: Presupuestal de Sueldos y Gastos, de Recursos y de Ordenamiento Financiero y Reajuste Administrativo y las de impuestos cuya recaudación está a cargo de las Direcciones Generales de Impuestos Directos e Internos.
TITULO IV
Consolidación de créditos de organismos públicos