Fecha de Publicación: 09/01/1953
Página: 35-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Artículo 12

   El quórum para sesionar el Directorio será de tres miembros y sus
resoluciones serán adoptadas por simple mayoría de votos, salvo en los 
casos en que esta ley o el Reglamento General disponga un determinado número de votos para resolver.
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