MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Artículo 18
Habrá solamente un escrutinio que se realizará inmediatamente después de las respectivas elecciones, en presencia del Ministro del ramo, o de su Delegado, Secretario y Jurados que comparezcan, de acuerdo con los
siguientes principios:
A) El Gran Premio Nacional será declarado triunfante por los cuatro
quintos del total de votos del Tribunal;
B) El Premio Nacional de Literatura, por los dos tercios del total
de votos del Tribunal; y
C) Los restantes premios, por simple mayoría de votos del Tribunal.