Fecha de Publicación: 24/08/1950
Página: 253-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 20

   Los cambios de denominación de los empleos autorizados por la
presente ley, no importan la supresión de ellos, ni atacan los derechos 
de los funcionarios que los ocupan.
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