Fecha de Publicación: 24/08/1950
Página: 253-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 17

   Los cargos de Jefe Departamental de Correos del Interior, serán
llenados por concurso de méritos, entre funcionarios de la Dirección 
General de Correos.
   Cuando deban proveerse los cargos de Subjefes Departamentales de Correos del Interior, se hará mediante concurso de méritos y/u oposición, 
requiriéndose para ocuparlos idoneidad en teneduría de libros.
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