Fecha de Publicación: 15/07/1949
Página: 77-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 6

   Los Consejos de Enseñanza Secundaria y de Enseñanza Primaria y Normal determinarán anualmente, antes de la iniciación de los cursos los grados 
del Escalafón a que deban ajustarse los Profesores de la institución.
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