Ley
Se modifica la ley 10.757 (Orgánica Militar) en cuanto a efectivos de Jefes y Oficiales de las armas combatientes.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Modifícase el artículo 179 de la ley número 10.757 modificativa de
la 10.050 Orgánica Militar de los efectivos de Jefes y Oficiales de las
armas combatientes el que queda en la siguiente forma:
Jefes y Oficiales:
Inf. Art. Cab. Ing. Aer.
Tenientes Coroneles .... 27 18 18 10 5
Mayores ................ 48 29 28 13 10
Capitanes .............. 98 45 46 20 12
Tenientes 1.os ......... 90 40 40 20 25
Tenientes 2.os ......... 69 31 32 16 22
Facúltase al Poder Ejecutivo, llenar con fecha 1º de febrero de 1948
las vacantes que se producen en el Arma de Aeronáutica por la
aplicación de la presente ley.
Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 16 de
noviembre de 1948.
JOSE G. LISSIDINI, Presidente. - Arturo Miranda, Secretario.
Ministerio de Defensa Nacional.
Montevideo, 23 de noviembre de 1948.
Cúmplase, publíquese, acúsese recibo en los términos acordados y
archívese.-