Fecha de Publicación: 27/08/1948
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Ley  

Se concede una autorización para invertir fondos en el Club de 
Funcionarios del Banco de la República

Poder Legislativo.

  El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                    DECRETAN:

Artículo 1

    Autorízase al Banco de la República, a invertir de su capital o
reservas, hasta la suma de seiscientos mil pesos ($ 600.000.00) en la 
adquisición de un predio y construcción de un edificio para sede del Club 
de Funcionarios "Banco de la República", a quien se le cederá en usufructo 
en la forma y condiciones que se establecerán en la reglamentación 
correspondiente.

BATLLE BERRES.- LEDO ARROYO TORRES.
       


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