Fecha de Publicación: 21/01/1948
Página: 95-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 5

   Asígnase al Instituto la cantidad de veinte mil pesos anuales que
serán administrados privativamente por el Director del Instituto para contratación de servicios, adquisición y publicación de documentos y gastos generales que demande su funcionamiento.
Ayuda