Fecha de Publicación: 29/09/1947
Página: 507-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 60

   Deróganse todas las disposiciones que se opongan a la presente ley, y especialmente las leyes números 10.075, de 23 de octubre de 1941 y 
10.465, de 22 de diciembre de 1943, como asimismo el decreto-ley del 12 
de febrero de 1943.
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