Fecha de Publicación: 29/09/1947
Página: 507-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 59

   Los miembros del Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de
Precios y de las Comisiones Departamentales y Vecinales, continuarán en 
el ejercicio de sus funciones, hasta tanto fueren designados los que hayan 
de reemplazarlos.
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