Fecha de Publicación: 25/02/1947
Página: 357-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 7

   Auméntase en la cantidad de ciento veinte mil pesos ($ 120.000.00), a tomarse de Rentas Generales, el rubro 2.03 "Alimentación de Personas" (Servicio contratado o pago en metálico) del ítem 6.23 (Consejo del 
Niño), con destino a elevar a quince pesos ($ 15.00), la asignación mensual que insume la tenencia de niños en colocación familiar en hogares sustitutos y en hogares colectivos.
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