Fecha de Publicación: 25/02/1947
Página: 357-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 11

   Mientras no se apruebe el presupuesto del Ministerio de Ganadería y Agricultura, autorízase al Poder Ejecutivo para tomar mensualmente de Rentas Generales las sumas necesarias para abonar sus actuales sueldos al 
personal extrapresupuesto que a la sanción de esta ley presta servicios en dicho Ministerio.
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