En cada Capital de Departamento funcionará una Comisión Honoraria Departamental de Lucha Contra la Langosta, compuesta por siete vecinos caracterizados del Departamento y cuya designación la hará la Dirección de Lucha Contra la Langosta, a propuesta de los organismos de productores rurales, con los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero y cuatro vocales.
Serán además miembros natos de esta Comisión, el Jefe de Policía, el Jefe de la Unidad Militar y el Jefe de los Servicios Agronómicos de la Zona y un delegado de la Junta Departamental.
En los Departamentos en que además de la Capital existan importantes
núcleos de población con comunicaciones propias, podrá designarse una Comisión Regional con las mismas atribuciones, integrada en igual forma que la Comisión Departamental.