MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Las rentas que produzcan el "Fondo Nacional Permanente para la Lucha Antituberculosa", y los otros recursos que se recauden en virtud de esta ley, se destinarán exclusivamente a la asistencia social de la familia del tuberculoso asilado o en tratamiento, siguiendo las normas que se especificarán más adelante.Ayuda