MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA
El Directorio de la Conaprole además de los cinco miembros que establece el artículo 17 de la ley número 9.526, de diciembre 14 de 1935, se integrará con dos miembros más: uno designado por el Poder Ejecutivo y otro por la Intendencia Municipal de Montevideo, que se renovarán en los mismos plazos que los otros Directores.Ayuda