Fecha de Publicación: 01/11/1941
Página: 169-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 8

   Los comercios que expendan artículos comprendidos en esta ley deberán usar las planillas indispensables para su cumplimiento, que autorizará y 
suministrará el Poder Ejecutivo.
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