Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 378

   Los Tribunales de Honor del Ejército tienen por cometido juzgar la conducta de los Oficiales, ya pertenezcan éstos a las armas combatientes, a la reserva o a los servicios auxiliares, cuando dichos Oficiales cometan actos que afecten su decoro o el prestigio de la Institución militar.
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