Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 334

  El retiro es la situación del militar separado de los cuadros activos del Ejército Permanente y que goza de la asignación correspondiente a su 
grado y al número de sus años de servicios calificados.
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