Fecha de Publicación: 27/09/1941
Página: 433-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 209

   La jerarquía militar se divide en dos categorías: la de Oficiales:  desde Alférez hasta General, y la de Tropa: desde soldado hasta Sargento 1.o.
  Ambas categorías se subdividen con arreglo a la siguiente escala y clasificaciones:

   Oficiales:

  General.......................  2 grados de Oficial Superior
  Coronel.......................  "
  Teniente Coronel..............  2 grados de Jefe
  Mayor ........................  "
  Capitán.......................  4 grados de Oficial Subalterno
  Teniente 1.o .................  "
  Teniente 2.o .................  "
  Alférez ......................  "

     Tropa:

  Sargento 1.o .................  1 grado de Suboficial
  Sargento .....................  2 grados de clase de tropa, y
  Cabo .........................  "
  Soldado distinguido...........  4 grados de soldados (de línea)
  Soldado ......................  "
  Soldado de 2a. clase .........  "
  Aprendiz......................  "

  Es soldado distinguido aquel que hubiere llenado las condiciones requeridas; soldado, el que hubiere prestado servicios consecutivos en el Ejército por más de un año y siempre que ocupe vacantes de su clase en la unidad o repartición respectiva; soldado de 2a. clase, el que ingresare por primera vez como recluta en el Ejército, o aquel que no hubiere alcanzado a computar el tiempo de servicios que se prescriben para el soldado; y soldado aprendiz,  el que en los cuerpos técnicos o unidades, aprende un oficio especializado, pudiendo ser menor de dieciocho años pero siempre mayor de 14 y con consentimiento expreso de sus padres o tutores. 
  Se considerarán también individuos de tropa, con categoría de soldado, los apuntadores de artillería, los músicos, trompetas, tambores y cornetas.
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