Al personal civil pertenecen:
1.o) Funcionarios administrativos: los del Ministerio de Defensa Nacional
y sus dependencias; los de los comandos, y los de las oficinas
militares.
2.o) Funcionarios técnicos especialistas.
3.o) Profesores sin estado militar, y
4.o) Personal obrero de los establecimientos industriales militares,
arsenales, talleres de aviación, talleres del Servicio de
Transmisiones Militares, ingeniería y arquitectura militares,
imprentas militares e identificación y dactiloscopía.
II - Del personal de reserva