MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Talleres militares: 15)- Ser mayor de 18 años; haber cursado con aprobación toda la enseñanza en las escuelas o cursos de aprendices militares o en los institutos industriales del Estado, o poseer una aptitud especializada debidamente comprobada ante un tribunal constituido al efecto. Disposiciones complementariasAyuda