El Ejército de tiempo de guerra se basa en la movilización de los reservistas y su encuadramiento en las unidades y servicios del Ejército Permanente o los que se constituyan a tal fin. El plan general de movilización lo establecerá el Poder Ejecutivo previa propuesta de la Inspección General del Ejército y deberá prever también la movilización industrial, económica y administrativa del país.