MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
El nombramiento de los profesores, tanto civiles como militares, de los institutos de enseñanza militar, se ajustará a lo dispuesto en los artículo 1º, 2º y 3º de la ley número 6972, de fecha 14 de octubre de 1919, la que será reglamentada particularmente para estos casos.Ayuda